• Guía sobre el Tratamiento Normativo de las Personas Políticamente Expuestas en Panamá

Guía sobre el Tratamiento Normativo de las Personas Políticamente Expuestas en Panamá

En marzo de 2026, la Superintendencia de Sujetos No Financieros (SSNF) publicó una Guía Integral relacionada con los cargos de Personas Expuestas Políticamente (PEP), que establece lineamientos más claros y robustos para la identificación, clasificación y tratamiento de clientes o beneficiarios finales considerados PEP, así como de sus familiares cercanos y estrechos colaboradores.

La guía fue emitida mediante la Resolución No. S 008 2026, de 24 de febrero de 2026, y publicada en la Gaceta Oficial el 20 de marzo de 2026. Su objetivo es fortalecer los procedimientos y controles internos de los sujetos obligados no financieros (SONF), en línea con las exigencias de la Ley 23 de 2015, para la prevención del Blanqueo de Capitales (BC), el Financiamiento del Terrorismo (FT) y el Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (FPADM).

Más allá de un marco conceptual, la resolución actúa como una referencia normativa práctica que detalla las medidas de debida diligencia reforzada que deben aplicarse en las relaciones comerciales o de negocios con clientes PEP, elevando el estándar de cumplimiento y supervisión continua.

Aspectos Relevantes de la guía

Definición ampliada y no limitativa de PEP

La guía ofrece una descripción más detallada sobre los ejemplos de cargos que califican como PEP. No obstante, aclara que esta lista es enunciativa y no limitativa, por lo que los Sujetos Obligados No Financieros (SONF) deben evaluar caso por caso y considerar como PEP a cualquier individuo que reúna las características establecidas en la resolución.

El detalle de los cargos profesionales que califican como PEP se encuentra detallado en el Anexo 1 de la resolución, lo que proporciona una referencia clara para los controles y procesos internos de clasificación y evaluación de cada SONF.

Alcance al entorno cercano del PEP

El marco normativo amplía expresamente el control reforzado a las personas del entorno inmediato de las PEP, entre las que se incluyen:

  • Familiares cercanos: cónyuge, padres, hermanos e hijos

  • Estrechos colaboradores: personas con capacidad para realizar transacciones financieras, comerciales o de cualquier otro tipo en nombre de una PEP

  • Personas de confianza: personas que mantengan vínculos cercanos, continuos y verificables con el PEP y que, por razón de la cercanía, puede influir, actuar en su nombre, facilitar el manejo de bienes o recursos o servir como intermediario para realizar cualquier tipo de transacción

Este enfoque amplía el perímetro de análisis y refuerza la necesidad de una evaluación integral del riesgo.

Debida Diligencia reforzada obligatoria

Los SONF deben aplicar medidas de debida diligencia reforzada en las relaciones con PEP, lo que incluye:

  • Un análisis minucioso de la fuente de fondos y patrimonio, incluyendo actividades y transacciones financieras

  • Monitoreo permanente de operaciones y actividades

  • Actualización de información y documentación, como mínimo, una vez al año

  • Verificación de la información proporcionada por el cliente mediante fuentes abiertas y confiables

Seguimiento posterior al cargo

Las medidas de control no se limitan al periodo en el que la persona ejerce el cargo público. La guía establece que el seguimiento debe mantenerse desde el nombramiento del PEP y hasta por un periodo de dos años después de su separación del cargo.

Identificación de señales de alerta

Se enfatiza la necesidad de prestar especial atención a operaciones que se alineen con patrones identificados como señales de alerta, por su posible vinculación con actividades que requieran análisis adicional o reporte conforme al marco de prevención de BC, FT y FPADM.

Algunos ejemplos de las señales de alerta, según lo que indica la resolución son:

  • Antecedentes cuestionables (denuncias, investigaciones, sanciones relacionadas a delitos precedentes de BC/FT/FPADM)

  • Comportamiento transaccional atípico (participación en operaciones inusuales o que presenten características sospechosas)

  • Estructuras societarias complejas

  • Intermediación de terceros

  • Resistencia a proporcionar información

  • Riesgo geográfico

  • Rol y nivel de influencia (grado de la posición pública)

  • Origen de la riqueza (proveniente de sectores altamente vulnerables)

Enfoque basado en el riesgo

Cada SONF debe reforzar la adopción de un enfoque basado en riesgo como principio transversal del cumplimiento y aplicar los controles requeridos de acuerdo con el riesgo ponderado de la relación asociada a cada PEP.

Autores


Ana Raquel Contreras Ana Raquel Contreras

Socia Junior / Oficial de Cumplimiento

acontreras@tridenttrust.com +507 302 7494